• Procedimiento tarjeta azul

    Tarjeta azul. Se expedirá una tarjeta azul UE a todo nacional de un tercer país que la haya solicitado y reúna los requisitos establecidos en el artículo 5, respecto del cual las autoridades competentes hayan adoptado una decisión estimatoria de conformidad con el artículo 8 de la directiva de desarrollo. El Estado miembro de que se trate dará al nacional de un tercer país todas las facilidades para obtener los visados necesarios.
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