• Procedimiento tarjeta azul

    Tarjeta azul. Se expedirá una tarjeta azul UE a todo nacional de un tercer país que la haya solicitado y reúna los requisitos establecidos en el artículo 5, respecto del cual las autoridades competentes hayan adoptado una decisión estimatoria de conformidad con el artículo 8 de la directiva de desarrollo. El Estado miembro de que se trate dará al nacional de un tercer país todas las facilidades para obtener los visados necesarios.
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    Causas denegación tarjeta azul

    Tarjeta azul. Los Estados miembros denegarán la tarjeta azul UE cuando el solicitante no cumpla las condiciones establecidas en el artículo 5 o cuando los documentos presentados hayan sido obtenidos fraudulentamente, falsificados o manipulados.
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    Requisitos tarjeta azul

    Tarjeta azul. Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 10, apartado 1, el nacional de un tercer país que solicite una tarjeta azul UE en virtud de la presente Directiva, deberá: a) presentar un contrato de trabajo válido o, tal como establezca el Derecho nacional, una oferta firme de empleo
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    Tarjeta azul y seguridad social

    Tarjeta azul. La normativa sobre la tarjeta azul viene regulada en la DIrectiva 2009/50/CE DEL CONSEJO de 25 de mayo de 2009, la cual establece que: Los titulares de la tarjeta azul UE deben disfrutar de igualdad de trato en materia de seguridad social. Las ramas de la seguridad social se definen en el Reglamento (CEE) n o 1408/71 del Consejo, de 14 de junio de 1971, relativo a la aplicación de los regímenes de Seguridad Social a los trabajadores por cu...
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    Los 27 cierran el acuerdo para crear una tarjeta azul para atraer a inmigrantes cualificados

    Facilitará la entrada de los inmigrantes que cobren más de 33.000 euros al año en el caso de España
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    Entrada y residencia de trabajadores altamente cualificados

    La presente propuesta define las condiciones y procedimientos de admisión de nacionales de terceros países altamente cualificados. También propone la creación de la tarjeta azul europea. Establece, por último, los requisitos necesarios y los derechos vinculados a la residencia en el Estado de expedición y en los otros Estados miembros.
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